Para que los virreyes, presidentes y gobernadores de las provincias del Perú y N. España y los arzobispos y obispos señalen congrua bastante a los indios que trabajan en obrajes, y a los gañanes y pastores u otros cualesquiera que estuvieren destinados para otras ocupaciones, y que los protectores de indios (solicitan) su cumplimiento. (Record prints), 1680, Nov. 7 Madrid.
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- Carton 11, Folder 1501
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Source: AGN, Reales Cédulas Duplicados, Tomo 30, Cuad. 4, ff. 93-94.
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University of California, Berkeley, The Bancroft LibraryBerkeley, CA 94720-6000, US
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