Para que los virreyes, presidentes y gobernadores de las provincias del Perú y Nueva España y los arzobispos y obispos señalen congrúa bastante a los indios que trabajan en obrajes y a los gañanes y pastores u otros cualesquiera que estuvieren destinados para otras ocupaciones, y que los protectores de indios soliciten su cumplimiento. (rec. prints.)
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- Carton 9, Folder 1123
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Source: AGN, Reales Cédulas, Tomo 18 Expedientes 24,54,63.
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University of California, Berkeley, The Bancroft LibraryBerkeley, CA 94720-6000, US
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